a L.O.P.D. es la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la cual tiene por objeto garantizar y proteger, en lo concerniente al tratamiento de datos personales (nombre, apellidos, domicilio, NIF, etc.), las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y en especial a su honor e intimidad personal y física.

La L.O.P.D. es de aplicación obligatoria a toda empresa que manipule o archive ficheros, tanto en papel como en soporte magnético, que contengan información o datos de carácter personal, tanto de sus empleados, clientes o proveedores (personas físicas) obligando a las empresas, instituciones, profesionales y en general, a todas las personas jurídicas o físicas, que operen sobre ficheros de datos de carácter personal al cumplimiento de una serie de obligaciones legales:

  • Identificación de archivos/ficheros.
  • Registro de los ficheros en la Agencia Española de Protección de Datos.
  • Elaboración de la documentación exigida por la L.O.P.D.
  • Documento de Seguridad.
  • Principios en el Tratamiento de los Datos.
  • Contratos de Confidencialidad Protocolos de Actuación.
  • Informar a todo el personal de los requisitos y obligaciones que implica el cumplimiento de la L.O.P.D.

Asímismo, desde el 26 de Junio de 1999, está en vigor el Reglamento de Seguridad (R.D. 994/99 de 11 de Junio) que desarrolla la mencionada Ley Orgánica y que establece la obligación de las empresas de poner en marcha diversas medidas destinadas a garantizar la protección de dichos datos, afectando a sistemas informáticos, archivos de soportes de almacenamiento, personal, procedimientos operativos...

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